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CLASIFICACIÓN DE EMPRESAS, CEOSAT, tramita el Registro Industrial de su empresa ante la D.G. de Industria, Energía y Minas, asícomo su renovación, modificación y duplicado.
Actividades reguladas para las que es necesario disponer de éste documento:
Aquellas empresas cuya actividad sea de carácter industrial, deberán inscribir en el Registro Industrial la apertura de nuevos establecimientos, su ampliación o reducción, traslado, cambio de titularidad, modificación de datos registrales, revisiones y baja en el Registro en el caso de cese de la actividad industrial.
Deben inscribirse en el Registro Industrial las siguientes actividades, quedando excluidas las empresas sin asalariados cuyo titular sea una persona física:
1. Industrias (Establecimientos y actividades industriales)
2. Los servicios de ingeniería, diseño, consultoría tecnológica y asistencia técnica de carácter industrial directamente relacionados con las actividades descritas en el punto 1 (Empresas de servicios a la actividad industrial).
3. Las entidades de acreditación, organismos de control, laboratorios y otros agentes autorizados para colaborar con las Administraciones públicas en materias de seguridad y calidad industriales (Agentes autorizados para colaborar con las Administraciones Públicas).
Si desea más información sobre éste servicio, no dude en ponerse en contacto con nuestro Departamento Comercial de CEOSAT.
Departamento Comercial: comercial@ceosat.es
O bien llamando al: 925553810-689020595
Horario: de 9:00h a 14:00h y de 16:00h a 19:00h de lunes a viernes.